Crea la Ley para la Maternidad Saludable y dispone el acceso universal y la gratuidad de la atención en toda intervención relativa a la salud materna–neonatal
Fuente: Diario de Centro America
Fecha de publicación:
07/10/2010
Esfera del acto:
Nacional / Guatemala
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El contrato entre un afiliado y una determinada ISAPRE no es un mero seguro individual de salud, regido por el principio de autonomía de la voluntad, sino que está cubierto por por el derecho constitucional a igualdad ante la ley y el acceso a las prestaciones
Fecha de publicación:
06/08/2010
Esfera del acto:
Nacional / América Latina y el Caribe
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Garantiza el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos y constitucionales en el tratamiento de personas que viven con VIH y SIDA, pruebas gratuitas en laboratorios del Ministerio, prohíbe discriminación
Fuente: La Gaceta
Fecha de publicación:
14/12/2009
Esfera del acto:
Nacional / Paraguay
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Dispone que los migrantes que obtengan residencia en el país, bajo determinadas condiciones, podrán acceder a los servicios del Sistema Nacional Integrado de Salud
Fuente: Diario Oficial
Fecha de publicación:
02/09/2009
Esfera del acto:
Nacional / Uruguay
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Ordenar la gratuidad en la prestación del servicio de consulta de medicina general y de odontología, en los establecimientos de salud de atención primaria del Ministerio de Salud
Fuente: La Gaceta
Fecha de publicación:
28/07/2009
Esfera del acto:
Nacional / Panama
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El crecimiento de reclamos sobre el derecho a la salud llevó al poder judicial a reunirse con instituciones de otros poderes del Estado. El Tribunal Supremo convoca una iniciativa histórica, la Audiencia Pública de Salud
Fecha de publicación:
07/05/2009
Esfera del acto:
Nacional / América Latina y el Caribe
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Garantiza el derecho a la seguridad social en salud
Fuente: El Peruano
Fecha de publicación:
09/04/2009
Esfera del acto:
Nacional / Peru
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La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2009) reconoce y valora la medicina tradicional como parte integral del derecho a la salud y del respeto a la diversidad cultural del país. En este sentido, el Artículo 42 establece que el Estado debe recuperar, proteger y promover las prácticas ancestrales y los conocimientos de los pueblos indígenas y originarios, regulando su práctica con respeto a sus principios éticos y culturales. Asimismo, el Artículo 18 garantiza el acceso universal a la salud bajo un enfoque intercultural que articule la medicina tradicional con la académica en un sistema de salud integral y comunitario. Por otro lado, el Artículo 30 protege el derecho de los pueblos indígenas, originarios y campesinos a mantener, desarrollar y transmitir sus saberes, asegurando que su patrimonio cultural y sus conocimientos ancestrales sean resguardados. Además, el Artículo 255 regula el acceso y uso de los recursos genéticos y la biodiversidad del país, protegiendo los conocimientos asociados, incluidos los vinculados a la medicina tradicional. Finalmente, el Artículo 272 promueve un sistema de salud que integre y fomente el diálogo entre la medicina académica y la tradicional, fortaleciendo el pluralismo en la atención sanitaria y el respeto a la diversidad cultural.
Fuente: La Gaceta
Fecha de publicación:
07/02/2009
Esfera del acto:
Nacional / Bolivia
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Regula las funciones y fines del Sistema Básico de Salud Integral
Fecha de publicación:
03/12/2008
Esfera del acto:
Nacional / El Salvador
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Establece la responsabilidad del Estado en casos de mala praxis
Fecha de publicación:
22/11/2007
Esfera del acto:
Internacional / América Latina y el Caribe
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