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Dispone que los migrantes que obtengan residencia en el país, bajo determinadas condiciones, podrán acceder a los servicios del Sistema Nacional Integrado de Salud
Fuente: Diario Oficial
Fecha de publicación: 02/09/2009
Esfera del acto: Nacional / Uruguay
Idioma: Español
Colección: Legislación, Migraciones y Salud
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