Se prohíbe fumar o mantener encendido cualquier derivado del tabaco en todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, muy especialmente a todo el personal que labora o presta servicios dentro del mismo, durante su actividad laboral, excepto en espacios abiertos fuera de la institución durante los horarios de merienda y comida establecidos por la legislación laboral vigente.
Orgão emissor: Ministerio de Saúde Pública
Escopo:
National / Cuba
Idioma:
Espanhol
Coleção:
Tabaco