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Se derogan loa artículos 5º y 10º del Decreto número 65-79 del Congreso de la República, así como cualquier otra Ley, Reglamente o disposición que entablezcan destinos especificos a entidades públicas o privadas sobre el producto de la recaudación del impuesto al consumo de los cigarrillos elaborados a máquina.
Fuente: Diario de Centro America
Fecha de publicación: 11/07/1983
Órgano Emisor: Poder Ejecutivo
Idioma: Español
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