Los proprietarios, gerentes o adminstradores de los ambientes públicos y privados donde será proibido el uso de los sistemas electrónicos de adminsitración de nicotina, cagarrilos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares, com o sim nicotina, en garantía de cumplir con la  disposiciones de los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 del Decreto Ejecutivo 1838 del 5 de diciembre del 2014    
    
        Fuente: Diario Oficial
    
    
        Fecha de publicación:
        18/03/2016
    
    
        Órgano Emisor: Ministerio de Salud
    
    
        Esfera del acto:
        
        Federal                         / Panama        
    
    
        Idioma:
        Español
    
    
        Colección:
        Tabaco, Ambientes Libres de Humo de Tabaco