Aprobar las siete (7) imágenes y frases de advertencias sanitarias para su impresión en
las cajetillas de cigarrilles, cajas de cigarros, cajas de puros o bolsas de tabaco para pipas, de acuerdo al anexo adjunto que forma parte integrante e indisoluble de la presente Resolución, en el espacio de cincuenta por ciente (50%) parte inferior de ambas caras (anterior y posterior) principales expuestas, a ser curnplidas obligatoriamente por los Fabricantes e importadores de productos de tabaco en el territorio dei Estado Plurinacional de Bolivia.
Órgano Emisor: Ministerio de Salud
Esfera del acto:
Federal / Bolivia
Idioma:
Español
Colección:
Tabaco
(artículo 3) Fue modificada por Ley 51, de 18 de Enero de 2012 
Fue derogado por Ley 848, de 24 de Julio de 2015