49 Actos Normativos

Se prohíbe fumar o mantener encendido cualquier derivado del tabaco en todas las instituciones del Sistema Nacional de Salud, muy especialmente a todo el personal que labora o presta servicios dentro del mismo, durante su actividad laboral, excepto en espacios abiertos fuera de la institución durante los horarios de merienda y comida establecidos por la legislación laboral vigente.
Órgano Emisor: Ministerio de Salud Pública
Esfera del acto: Nacional / Cuba
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