Prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas en colmados, discotecas, bares, casinos y centros de diversión, a partir de las 12 de la noche de domingos a jueves y a partir de las dos de la madrugada los días sábados y domingos
Órgano Emisor: Poder Ejecutivo
Esfera del acto:
Nacional / Republica Dominicana
Idioma:
Español
Colección:
Alcohol