Los proprietarios, gerentes o adminstradores de los ambientes públicos y privados donde será proibido el uso de los sistemas electrónicos de adminsitración de nicotina, cagarrilos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares, com o sim nicotina, en garantía de cumplir con la disposiciones de los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 del Decreto Ejecutivo 1838 del 5 de diciembre del 2014
Fuente: Diario Oficial
Fecha de publicación:
18/03/2016
Órgano Emisor: Ministerio de Salud
Esfera del acto:
Federal / Panama
Idioma:
Español
Colección:
Tabaco, Ambientes Libres de Humo de Tabaco