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Los proprietarios, gerentes o adminstradores de los ambientes públicos y privados donde será proibido el uso de los sistemas electrónicos de adminsitración de nicotina, cagarrilos electrónicos, vaporizadores u otros dispositivos similares, com o sim nicotina, en garantía de cumplir con la disposiciones de los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 del Decreto Ejecutivo 1838 del 5 de diciembre del 2014
Fuente: Diario Oficial
Fecha de publicación: 18/03/2016
Órgano Emisor: Ministerio de Salud
Esfera del acto: Federal / Panama
Idioma: Español
Colección: Tabaco, Ambientes Libres de Humo de Tabaco
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