Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo
Año de publicación: 2019
Los derechos sexuales y los derechos reproductivos están garantizados en nuestro país por un amplio
marco legal que tiene como base la Constitución Nacional, el Código Civil y Comercial y el Código
Penal, como pilares fundamentales sobre los que se apoyan las leyes nacionales y provinciales.
Por otro lado, a partir de la reforma constitucional de 1994 se incorporan en nuestra Constitución
Nacional los pactos y tratados internacionales que nos someten a Tribunales y Comités a los que
nuestro país debe responder para garantizar los derechos que dichos acuerdos internacionales
establecen. En ese marco, uno de los ejes prioritarios de trabajo de la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva de la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación es la política pública diseñada y sostenida para garantizar el acceso a la interrupción legal del embarazo en todos los casos contemplados por el
Código Penal y refrendados por el Fallo F., A. L. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La publicación de este Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción
Legal del Embarazo es parte de esa política pública ya que responde a la necesidad de
actualizar la normativa adaptándola al Código Civil y Comercial de 2015 y la Resolución 65/2015
del Ministerio de Salud de la Nación, actualizar, también, las recomendaciones internacionales
acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo - dosis de medicamentos y
aspiración manual endouterina (AMEU) - y reforzar la importancia del acceso rápido a la atención
integral y a la práctica, haciendo hincapié en la atención en primer nivel y los tratamientos con
medicamentos.