CE162/24: Modificaciones del Estatuto y el Reglamento del Personal de la Oficina Sanitaria Panamericana

Publication year: 2018

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 del Estatuto del Personal de la Oficina Sanitaria Panamericana (la Oficina), el Estatuto puede ser complementado o modificado por el Consejo Directivo o la Conferencia Sanitaria Panamericana de la Organización Panamericana de la Salud (OPS). 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 020 del Reglamento del Personal, el Director puede introducir modificaciones en el Reglamento, sujetas a la confirmación del Comité Ejecutivo de la OPS. 3. En consecuencia, la Directora someterá a la consideración del Comité Ejecutivo, en su 162. a sesión, las modificaciones del Reglamento del Personal que ha introducido desde la 160. a sesión del Comité Ejecutivo para su confirmación (anexo A). (AU)